Andalucía implanta nuevas medidas de restricción para frenar el avance del coronavirus

Andalucía implanta nuevas medidas de restricción para frenar el avance del coronavirus

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, ha anunciado este domingo las nuevas restricciones de movilidad en nuestra Comunidad Autónoma para frenar el avance del coronavirus. Estas medidas entrarán en vigor a partir de las doce de la noche del lunes y se mantendrán hasta el próximo 23 de noviembre.

La primera medida que se ha tomado ha sido mantener el cierre perimetral de toda Andalucía durante dos semanas más.

Igualmente, queda totalmente prohibido salir del municipio de residencia, salvo por causas justificadas. El toque de queda se establecerá de diez de la noche a siete de la mañana, por lo que nadie podrá estar en las calles a esas horas.

A partir del martes, todas las actividades no esenciales tendrán que cerrar a las seis de la tarde. Será así en todas las provincias de Andalucía, salvo en Granada, donde las medidas serán todavía más exigentes.

Las clases en los colegios e institutos seguirán siendo presenciales, pero la universidad cambia totalmente de escenario. Sus clases serán sólo telemáticas, aunque se mantienen las prácticas y las actividades en los laboratorios.

Moreno ha destacado además que Andalucía sólo tiene libre el 30 por ciento de las camas hospitalarias, y en los ocho días que van del mes de noviembre han fallecido 315 personas a causa del coronavirus en nuestra Comunidad Autónoma.

Actividades consideradas esenciales:

  • La actividad industrial.
  • Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
  • Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Los servicios profesionales y empleados del hogar.
  • Los servicios sociales y sociosanitarios.
  • Los centros o clínicas veterinarias.
  • Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción.
  • Las estaciones de inspección técnica de vehículos.
  • Los servicios de entrega a domicilio.
  • Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
  • Los velatorios.
  • Los centros deportivos para la realización de actividad física que sea al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto y centros deportivos para la práctica del deporte federado en espacios deportivos cubiertos, en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.
  • Puntos de encuentro familiar.
  • Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.
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Modificado por última vez en Lunes, 09/11/2020

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