Las asociaciones de Aguilar podrán solicitar subvenciones del Ayuntamiento del 8 de junio al 9 de julio

Las asociaciones de Aguilar podrán solicitar subvenciones del Ayuntamiento del 8 de junio al 9 de julio

Desde el día 9 de junio y hasta el 8 de julio estará abierto el plazo de la convocatoria de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro de Aguilar de la Frontera.

La presentación de la solicitud por parte del interesado se realizará en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, junto con el resto de documentación requerida, que se puede consultar en este enlace:

https://bit.ly/3wZlfpw

El procedimiento utilizado para la concesión de estas ayudas económicas será el de concurrencia competitiva. Es decir, de entre todas las solicitudes se fijará un orden de prioridad que atenderá a una serie de criterios valorativos que se han fijado en las bases reguladoras de la convocatoria.

Estos requisitos indispensables para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones son:

  • Estar legalmente constituidas las asociaciones y entidades a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Estar al corriente en las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento y no tener pendiente de justificación subvenciones concedidas con anterioridad.
  • Que las actividades y proyectos propuestos para financiarse con estos fondos sean:
    • En cuanto a las asociaciones y entidades de carácter deportivo: exhibiciones deportivas, campeonatos, cursos de formación, escuelas deportivas, rutas cicloturistas y otras de similar carácter.
    • En cuanto a las asociaciones y entidades de carácter social: atención social a los sectores más desfavorecidos de la sociedad tales como discapacitados, mujeres víctimas de violencia de género, enfermos de Parkinson, Alzheimer o fibromialgia, niños naturales de países del tercer mundo, drogodependientes y otros sectores de similar carácter.
    • En cuanto a las asociaciones y entidades de carácter cultural: festivales de fomento del folclore aguilarense, actividades de fomento de la cultura (tales como talleres de lectura, de cine, de fomento del patrimonio, exposiciones, edición de libros...), actuaciones, conciertos y certámenes musicales y otras de similar carácter.
    • En cuanto a las asociaciones y entidades con fines de carácter medio ambiental se considerarán aquéllas que desarrollen actividades, programas y proyectos de promoción, estudio y sensibilización ambiental, voluntariado ambiental (tales como la protección de animales, acogimiento) y otras de similar carácter.

Se consideran gastos no subvencionables en virtud de la presente convocatoria de subvenciones los siguientes:

  • Los gastos que respondan a actividades lucrativas; tales como viajes, convivencias, etc.
  • Los relativos a material inventariable (equipos informáticos, mobiliario, etc.) incluidos los gastos de amortización de los mismos.
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales y los gastos de procedimientos judiciales.
  • Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los gastos de administración específicos.

En cuanto al presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 40.000 euros.

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Modificado por última vez en Martes, 08/06/2021

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