Abierto el plazo para el concurso del cartel de Feria Real 2023

Abierto el plazo para el concurso del cartel de Feria Real 2023

La concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera ha publicado las bases que regirán el concurso para elegir el cartel de la Feria Real 2023. Los trabajos se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, de lunes a viernes, en horario de nueve de la mañana a dos de la tarde. El plazo de presentación finalizará el próximo 18 de junio de 2023.

Un jurado se encargará de resolver el concurso, estableciéndose un único premio de 450 € al cartel ganador.

A continuación transcribimos las bases al completo para que puedan consultarlas si deciden participar en dicho concurso:

1.- El presente Concurso, tiene como objeto seleccionar el cartel oficial anunciador de la Feria Real del año 2023.

2.- Podrá participar cualquier persona física que lo desee, con un máximo de una obra, original e inédita que no haya sido presentada en otros concursos y que no supongan en todo o en parte, copia o plagio de obras publicadas propias o de otros artistas. Los autores serán responsables, ante el Ayuntamiento y frente a terceros, del cumplimiento de lo establecido en estas bases.

3.- El motivo del cartel estará relacionado con la temática de la feria.

4.- El cartel será de estilo y técnicas libres, y a color, siempre que sea posible su reproducción.

5.- Los carteles contendrán la siguiente leyenda, en castellano “Feria Real”, la fecha de la celebración “del 2 al 6 de Agosto de 2023”, “Aguilar de la Frontera” y constará además junto al escudo de Aguilar de la Frontera (adjunto como anexo 1 de estas bases), el siguiente texto: “Ilustre Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera. Delegación de Festejos.” No se admitirán los trabajos que contengan erratas en su rotulación. Los trabajos se presentarán sin firma y sin ningún elemento que pudiese identificar a su autor/a o autores.

6.- El original deberá presentarse sobre lienzo o soporte rígido en cualquier material que permita su adecuado manejo, con un tamaño de 50x70cm., sin enmarcar ni acristalar, y debidamente embalado, sin la firma del autor, con un lema identificativo al dorso y acompañados de un sobre cerrado, figurando en su exterior el mismo lema, y en el interior, un pliego dónde constarán, nombre, apellidos, domicilio, localidad, teléfono de contacto, la firma rubricada del autor y la firma artística. Deberán adjuntar la versión digital en formato JPG en un pen (fuera del sobre).

7.- Los trabajos se presentarán en el Registro de Entrada del Ilustre Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, Plaza de San José, 1.- 14920-Aguilar de la Frontera, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, desde su publicación en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica hasta el día 18 de junio de 2023, que finalizará el plazo de presentación.

Los carteles presentados serán custodiados por funcionarios públicos del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera y se entregarán al Secretario/a del Jurado una vez finalizado el plazo de presentación.

8.- El Jurado encargado de resolver el concurso estará formado por un presidente/a, dos vocales y un secretario/a, éste último con voz y sin voto.

El presidente o presidenta del jurado será la Sra. Concejala o Sr. Concejal Delegada/o de Festejos o cualquier otro miembro de la Corporación en el que delegue.

Los vocales serán vecinos de Aguilar de la Frontera, mayores de edad y de notoria vinculación con las tradiciones y fiestas populares de nuestro pueblo. Asimismo deberán estar suficientemente cualificados, desde el punto de vista artístico y técnico, para desempeñar adecuadamente su función.

El Secretario/a será un/a funcionario/a del Ayuntamiento, adscrito a la Delegación de Festejos.

Los miembros del Jurado serán elegidos por la Concejala o Concejal Delegada/o de Festejos mediante Providencia que deberá dictarse y notificarse antes de la finalización del plazo de presentación de trabajos.

En el supuesto de que algunos de los miembros del jurado no acepte el nombramiento o renuncie al mismo se procederá a su sustitución.

9.- La Presidenta o Presidente del Jurado, una vez finalizado el plazo de presentación de los trabajos, procederá a convocarlo. Simultáneamente pondrá los trabajos a disposición de los miembros del jurado, a fin de que los mismos, si lo estiman conveniente, puedan conocerlos antes de la fecha de la sesión.

Para la elección del cartel ganador el Jurado valorará su relación con la Feria Real, su calidad artística, su eficacia anunciadora y sus condiciones de reproducción.

Si el Jurado considera que ninguna de las obras presentadas reúne las condiciones mínimas exigibles, de acuerdo con los criterios establecidos en el párrafo anterior, declarará desierto el concurso.

Las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría absoluta de sus miembros con derecho a voto.

La decisión del Jurado deberá ser motivada en relación con los criterios expuestos en la presente base y formularse por escrito.

El Presidente del Jurado dará a conocer la decisión del mismo en acto público convocado al efecto, salvo que resulte de aplicación lo dispuesto en la Base 12ª.

10.- Se establece un único premio de 450 € al cartel ganador (El premio queda sujeto a las retenciones fiscales y legales, que correspondan en cada momento).

*Para recibir dicho premio la persona ganadora es necesario que esté al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, así como con la Agencia Tributaria Estatal, Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía y la Seguridad Social. El pago de la misma será a través de transferencia bancaria, a la persona física o jurídica inscrita en el concurso, aportando el debido documento que verifique la titularidad de la cuenta bancaria, tras los trámites administrativos que correspondan. (Todos los premios quedan sujetos a las retenciones fiscales y legales, que correspondan en cada momento)

11.- La obra premiada, así como sus derechos, serán propiedad del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, quien podrá hacer uso de ellas sin autorización previa de su autor.

Queda expresamente incluida la emisión y transmisión on-line de las obras y su puesta a disposición a través de las redes digitales interactivas, tipo Internet.

Igualmente el Ayuntamiento podrá explotar el cartel reproducido sobre cualquier soporte de merchandising, bien directamente o bien autorizando a un tercero la explotación.

El Ayuntamiento podrá introducir pequeñas modificaciones en el cartel premiado, en el caso de existir alguna dificultad técnica para su impresión o si se considerara necesario o conveniente introducir algún texto o logotipo que no figure en las bases.

12.- Si el número y la calidad de las obras recibidas lo mereciera, la Delegación de Festejos, podrá celebrar una exposición con las mismas, en cuyo caso la decisión del jurado se dará a conocer durante el acto inaugural de la exposición.

Dicha exposición podrá comprender la totalidad o sólo una parte de las obras presentadas. La elección de las obras a exponer corresponderá a la Concejala Delegada de Festejos.

13.- La Delegación de Festejos pone a disposición de todos aquellos que quieran participar en el presente concurso un correo electrónico, donde podrán solicitar información sobre las presentes bases, solicitar el modelo de escudo del Ilustre Ayuntamiento y cualquier otra consulta que necesiten, a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

14.- Los autores no premiados podrán retirar sus obras en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del anuncio del fallo del jurado, en caso contrario se considerará que renuncian a ellas.

15.- La participación en este Concurso supone la plena aceptación incondicionada de las presentes bases, sin salvedad o reserva alguna.

16.- Las presentes Bases se publicarán, una vez aprobadas por la Junta de Gobierno, en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica y en la Base Nacional de Datos de Subvenciones.

17.- Contra las presentes bases, se puede interponer ante la Alcaldía de Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

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