Poco a poco nos acercamos a una Semana Santa muy diferente a la que estamos acostumbrados a vivir. En 1955 se implantó un acto que desde aquel entonces sirve a los aguilarenses de pórtico para dar paso a estos días grandes. Se trata de la bendición de Jesús Nazareno el Viernes de Dolores.
Por esta razón y porque estamos pasando una grave crisis sanitaria, tanto las Parroquias de nuestra localidad como la Cofradía han pensado que es necesaria más que nunca dicha bendición y han decidido mantenerla pero con las restricciones propias de la situación en la que nos encontramos.
Ambas partes han emitido un comunicado donde expresan que “con el deseo de encontrar la esperanza y la confianza necesarias para hacer frente al tiempo futuro, y conscientes de sentir ese hálito de fuerza que nos insufla a los aguilarenses nuestro Viernes de Dolores, las Parroquias de Aguilar de la Frontera junto con la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno han visto conveniente la posibilidad de que la bendita imagen de Jesús Nazareno, el «Señor de Aguilar», imparta de MANERA EXTRAORDINARIA su SAGRADA BENDICIÓN a este pueblo, que tanto lo venera, que tanto lo quiere y que tanto se desvive por Él”.
El acto se podrá seguir a través de Madinfor TV, tanto desde la televisión como de las redes sociales, dando comienzo a las 10 de la noche.
Por encima de todo, piden a la ciudadanía que sea consciente del contexto social en el que nos encontramos y que se debe ser responsable con las disposiciones que las autoridades han determinado en este periodo de ESTADO DE ALARMA.
La bendición de Nuestro Padre Jesús Nazareno se realizará en el INTERIOR DE LA PARROQUIA de Santa María del Soterraño, A PUERTA CERRADA, SIN PÚBLICO y SIN MÚSICA.
Tanto desde las Parroquias como la Cofradía se ruega encarecidamente que “NADIE SUBA A LA PARROQUIA. Es un ACTO PRIVADO. Hemos de colaborar TODOS y confiamos plenamente en la buena voluntad de TODOS. De lo contrario, CADA UNO ha de ser CONSECUENTE CON SUS HECHOS y recordarle que SALTARSE LAS MEDIDAS incluidas en el REAL DECRETO que declara el ESTADO DE ALARMA pueden acarrearle MULTAS ECONÓMICAS y PENAS DE PRISIÓN”.