La Mancomunidad Campiña Sur aprueba un protocolo de actuaciones de posible acoso laboral, por razón de sexo u otra situación discriminatoria

El Pleno de la Mancomunidad Campiña Sur Cordobesa ha aprobado de forma unánime, el “Protocolo de Prevención y Actuaciones de posible acoso laboral, acoso sexual, acoso por razón de sexo u otra situación discriminatoria”, una medida que “no sólo marca un hito en nuestra gestión, sino que también refuerza nuestro compromiso con la creación de un entorno laboral seguro, respetuoso y equitativo para todos nuestros trabajadores y trabajadoras”.

Así lo ha declarado el presidente de la Entidad, Miguel Ruz, quien también ha señalado que este protocolo “establece un marco claro y preciso para prevenir cualquier tipo de acoso y discriminación en el ámbito laboral, porque sabemos que estos comportamientos pueden tener efectos devastadores no sólo en las personas que los sufren, sino también en la moral y la cohesión del propio equipo de trabajo y, por eso, contar con procedimientos específicos para identificar, abordar y erradicar estas conductas es crucial para garantizar la integridad y el bienestar de nuestra comunidad laboral”.

El presidente de la Entidad supramunicipal ha señalado también a este respecto que, con el protocolo aprobado en Pleno, “nos alineamos con los principios de igualdad, respeto y dignidad, asegurándonos de que cada persona sea tratada de manera justa y sin prejuicios, por lo que la aprobación de este documento es una declaración inequívoca de que no toleraremos ninguna forma de acoso o discriminación”.

El protocolo incluye directrices claras sobre cómo deben actuar los empleados y las empleadas en caso de presenciar o ser víctimas de acoso y, además, ofrece un sistema de apoyo y asistencia, garantizando que las denuncias se gestionen con confidencialidad, imparcialidad y prontitud.

Así, Miguel Ruz ha explicado también que “la implementación de este protocolo no es sólo un cumplimiento normativo, sino que queremos que cada persona que trabaja en la Mancomunidad Campiña Sur se sienta valorada y protegida, sabiendo que tiene a su disposición todas las herramientas necesarias para defender sus derechos”.

Además, en este protocolo se recogen también los tipos de violencia que se pueden producir en el ámbito digital o ciberviolencia, que son las que se realizan mediante las tecnologías de la información y la comunicación, a través de internet, el teléfono y las redes sociales, teniendo en cuenta las tres dimensiones específicas de la violencia digital, tales como el acoso en línea y facilitado por la tecnología, el acoso sexual en línea y la dimensión digital de la violencia psicológica.

Contratación del Servicio de Vigilancia de la Salud

En otro orden de cosas, el pleno de la Mancomunidad ha ratificado la contratación del Servicio de Vigilancia de la Salud de las personas empleadas públicas de la Entidad, de los Ayuntamientos y empresas públicas adscritas al servicio mancomunado de prevención de riesgos laborales, por un importe de 36.680 euros anuales y un posible año de prórroga. La especialidad de Vigilancia de la Salud ha sido contratada por dos servicios de prevención ajenos, distintos y excluyentes, distribuyéndose por zonas geográficas.

A este respecto, el presidente de la Entidad, Miguel Ruz, ha indicado que “esta distribución va a permitir una gestión más eficiente y accesible, garantizando que cada municipio tenga el servicio de vigilancia de la salud que necesita, ya que, además, hemos previsto que, en momentos determinados, puntuales y de emergencia, estos dos servicios puedan apoyarse mutuamente para la realización de reconocimientos médicos y otras actividades de vigilancia de la salud”.

Ruz ha señalado que “esta flexibilidad es crucial para asegurar que el personal recibe una atención médica de calidad sin retrasos ni inconvenientes, porque la vigilancia de la salud no sólo es un requisito legal, sino una prioridad para esta Mancomunidad”. En la actualidad, desde el Servicio de Prevención de Riesgos Labrales se gestiona la realización de los reconocimientos médicos anuales del personal de la Entidad supramunicipal, los Ayuntamientos y sus empresas públicas, asi como del personal de los Programas de Fomento al Empleo Agrario o los Programas de Empleo y Formación.

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