UPOA: "El PSOE impide el debate democrático en los plenos"

Durante el pasado Pleno del 4 de diciembre, Unidad Popular de Aguilar (UPOA) presentó una moción por la por la que se pretendía debatir sobre el caso Carmen Carbajo, ya que hasta el día de hoy se desconocen completamente cuáles son los pasos y medidas que desde el Ayuntamiento van a tomarse al respecto. En este sentido, UPOA ha indicado en un comunicado que “el PSOE no quiso que se debatiera esta moción referente a la sentencia de 7 de noviembre de 2018, nº 349/18 del Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba, que declara nulo el despido ejecutado el 30 de junio de 2018, por este Ayuntamiento, sobre la trabajadora Doña Carmen Carbajo Cubero, obligando a su readmisión, al pago de los salarios de tramitación y al pago de una indemnización por daños morales”.

Seguidamente, la formación local ha puntualizado que el grupo de Gobierno “aprovecha nuevamente su mayoría absoluta para imponer su voluntad sin dar lugar al debate democrático”, matizando que “no quiere que se debata en el Pleno, donde cualquier grupo municipal podría llevar el punto del orden del día que estime conveniente”.

Además, UPOA ha asegurado que “el PSOE no quiere que se sepa lo que está ocurriendo en el ayuntamiento”, por lo que el debate de la moción que presentó “iba a arrojar los números y la argumentación de lo que está pasando con esta trabajadora, pero ellos no quieren que se sepa cómo abusan de su posición, cómo están jugando con el futuro de una trabajadora. Se convierten en cómplices silenciosos de este linchamiento”.

Así las cosas, la nota emitida establece que “si no quieren debate en el Pleno lo van a tener en la calle, y por eso ponemos en conocimiento de la ciudadanía aguilarense esta situación tan esperpéntica en la que podemos comprobar cómo un gobierno municipal se ceba con una de sus ciudadanas”. A continuación, UPOA ha adjuntado la moción completa:

El 25 de abril de 2018, se dicta sentencia nº 113/18 del Juzgado de lo Social nº 1 de Córdoba, que declara nulo el despido ejecutado el 30 de abril de 2017, por este Ayuntamiento, sobre la trabajadora Doña Carmen Carbajo Cubero, obligando a su readmisión, al pago de los salarios de tramitación y a su reconocimiento como personal laboral indefinida no fija.

El 11 de junio de 2018, el Secretario Municipal emite informe técnico por el que recomienda la extinción del contrato de la trabajadora a 30 de junio de 2018, alegando causas objetivas, acogiéndose al artículo 52 e) del Estatuto de los Trabajadores.

El 15 de junio de 2018 se comunica a la trabajadora por escrito la extinción de su contrato el 30 de junio de 2018, por las causas indicadas en el informe técnico del Secretario.

El 19 de julio de 2018, la trabajadora vuelve a presentar denuncia ante el juzgado de lo Social de Córdoba por considerar que con este segundo despido se están vulnerando sus derechos fundamentales.

El 7 de noviembre de 2018, el Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba, por sentencia nº 349/18, vuelve a declarar nulo el despido de Doña Carmen Carbajo Cubero, obligando a la readmisión de la trabajadora, al pago de los salarios de tramitación y al pago de una indemnización por daños morales.

El gasto para el Ayuntamiento de Aguilar de esta situación con una doble sentencia condenatoria supone el pago de 14 meses de salarios de tramitación, 2.4977,4 €, con su correspondiente seguridad social, más una indemnización por daños morales de 8.922,08 €, lo que hace un total de 33.899,48 €.

En el mismo periodo en el que sale la primera sentencia de la trabajadora, también sale una sentencia similar, por la que tienen que hacer personal laboral indefinido no fijo a otro trabajador del Ayuntamiento. Ambas sentencias se acatan, pero se emite informe técnico recomendando extinción de contrato para Doña Carmen Carbajo Cubero, el cual es secundado por este Ayuntamiento, mientras que no sabemos si para el otro trabajador se emite informe técnico o no, y en cualquier caso, no se extingue la relación laboral de este trabajador, lo que hace sospechar que hay dos varas de medir o un presunto trato de favor.

El propio juez en la segunda sentencia pone de manifiesto que “la respuesta del Ayuntamiento es la de montar una apariencia de legalidad que en el fondo esconde una voluntad de “quitarse de en medio” a una trabajadora molesta o que le ha creado una situación jurídica molesta”.

No sabemos si el Ayuntamiento ha anunciado la interposición de un recurso a esta última sentencia y no sabemos si luego pondrá este recurso, pero UPOA en defensa de los derechos laborales de esta trabajadora que ya cuenta con dos sentencias favorables, en defensa de mantener un igual trato para todas las sentencias laborales condenatorias de este Ayuntamiento, y por último en defensa de los intereses económicos de este Ayuntamiento al que hay ha costado 33.899,48 €, entendemos que se debe aceptar la sentencia dictada por el juzgado de lo social. Por ello proponemos al Pleno del Ilustre Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera el siguiente acuerdo:

1) Instar a la señora alcaldesa  a acatar y por tanto no recurrir la sentencia de  7 de noviembre de 2018, del Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba,  sentencia nº 349/18, donde se vuelve a declarar nulo el despido de Doña Carmen Carbajo Cubero, obligando a la readmisión de la trabajadora.

UPOA exige “responsabilidades políticas” por el caso Carmen Carbajo

Unidad Popular de Aguilar (UPOA) ha hecho pública una nota de prensa en la que se pronuncia sobre el caso Carmen Carbajo, destacando que “hace apenas tres días se hizo pública la nueva sentencia que condena por segunda vez al Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera por el despido absolutamente injusto de una de sus trabajadoras”.

Desde UPOA aseguran que “si ya la primera sentencia era contundente y costó el dinero a las arcas públicas municipales, ahora una segunda sentencia vuelve a declarar el despido nulo, teniendo que indemnizar a la afectada por daños morales”.

A lo largo de su comunicado, esta formación política expone que “desde el principio el equipo de gobierno no ha sido capaz de medir las consecuencias de sus actos, no han valorado la repercusión que todo esto podría tener, acostumbrado a hacer y deshacer, considerando que están por encima del bien y del mal y disparando con pólvora ajena”.

UPOA concluye su comunicado exigiendo que “se depuren responsabilidades políticas, porque se ha jugado con el futuro de una trabajadora, se ha frivolizado con su puesto de trabajo, se ha ninguneado su profesionalidad. La misma sentencia pone de manifiesto la intención de “quitarse de en medio” a la trabajadora”. Y además añaden que “dos fallos de un juez dando la razón a una trabajadora, deberían servir para que abandonen la postura soberbia con la que el PSOE está afrontando este tema. La justicia ya los ha puesto en su sitio, ahora toca que respondan ante la ciudadanía de Aguilar, que responda el equipo de gobierno en pleno, empezando por la alcaldesa, que no ha estado a la altura de las circunstancias”. 

El Ayuntamiento se expresa sobre el caso Carmen Carbajo

Tal y como ya dijo este medio en su día, además de la intervención durante el pasado pleno de Carmen Carbajo Cubero sobre su polémico despido, la alcaldesa María José Ayuso, en nombre del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Aguilar, también se pronunció en torno al tema a través de una nota de prensa, en la que refleja su postura. Como ya hicimos con las palabras de Carbajo, y para que no haya ningún tipo de interpretación ajena, en Madinfor TV reproducimos íntegramente el documento emitido por Ayuso: 

Desde el año 2003, los vecinos de Aguilar de la Frontera han depositado su confianza en el Partido Socialista Obrero Español para gestionar nuestro Ayuntamiento. En este tiempo, los sucesivos equipos de gobierno municipales han procurado atender las necesidades de nuestros vecinos de la forma más eficiente posible.

Fruto de esta gestión son los innumerables programas que este Ayuntamiento ha puesto en funcionamiento, y que van desde los programas de carácter social, esenciales en tiempos de crisis para los más desfavorecidos (Plan de Emergencia Social, Plan de Empleo Local, Comedor Social Municipal, etc), a la construcción de infraestructuras o la realización de todo tipo de actividades, con las cuales se ha buscado difundir la riqueza y los atractivos de nuestro pueblo, a fin de fomentar el comercio y el turismo (SEMAVIN, Media Luna, Feria Real, etc.).

Entre todas estas iniciativas, de las que nos sentimos orgullosos, ocupa un lugar destacado la recuperación de nuestro patrimonio histórico, pudiendo afirmarse, sin miedo a exagerar, que las mejoras realizadas en el Castillo de Aguilar de la Frontera han sido espectaculares, de manera que en los últimos años hemos invertido décadas, o quizás siglos, de abandono y olvido de un monumento ciertamente excepcional. No creemos que nadie pueda poner un sólo reparo a la actuación de los equipos de gobierno socialistas en la recuperación del patrimonio histórico de Aguilar de la Frontera, ya que difícilmente puede imaginarse una actuación más intensa y productiva sin poner en riesgo la atención de otras necesidades igualmente importantes y urgentes.

Precisamente por eso los trabajos de recuperación del castillo se han regido por los principios de economía, eficacia y eficiencia que deben presidir toda actuación administrativa, a fin de que este objetivo no supusiera el abandono de otras necesidades municipales.

La política municipal de recuperación de nuestro patrimonio histórico, en particular del Castillo de Aguilar, se ha basado en la realización de actuaciones puntuales financiadas mediante subvenciones. Con ello se perseguían dos objetivos, por un lado tratar de invertir el dinero público en la forma más productiva posible, en proyectos concretos de mejora o recuperación del entorno del castillo, sin crear aparatos burocráticos de carácter permanente que requiriesen una continua aportación de dinero sólo para su mantenimiento, y por otro lado, al ser financiadas mediante subvenciones, conseguir detraer el menor dinero posible del presupuesto municipal, lo que ha permitido atender más dignamente las restantes necesidades municipales.

Consideramos que los resultados de esta política han sido enormemente positivos y que nadie que tenga una visión de conjunto de las necesidades municipales, puede considerar que los equipos de gobierno socialistas de los últimos años, han hecho dejación de sus obligaciones en la defensa y recuperación de nuestro patrimonio histórico.

Continuando con esta política actualmente se está realizando una obra PER en el Castillo y para el año que viene ya se ha aprobado una nueva intervención dentro de dicho programa, actuaciones que, como deben saber los aguilarenses, tienen subvencionada al 100 % la mano de obra, es decir, todos los trabajadores que intervienen en estas obras no cuestan ni un céntimo al Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera. 

Hace escasos días llegó al Ayuntamiento una sentencia judicial por la que se declaraba que Doña Carmen Carbajo, la trabajadora que como arqueóloga ha venido prestando sus servicios en estas obras subvencionadas, debía considerarse indefinida no fija, fundamentando la sentencia dicha decisión en que los diversos contratos no cumplían 'con la exigencia que establece el artículo 2.2 a) y 3.2 a) del Real Decreto 2720/1998 de identificar, con precisión y claridad, la obra o servicio que constituye su objeto y la causa o circunstancia que concurre, pues no puede entenderse satisfecho este requisito con la simple alusión a la realización de trabajos propios de la categoría profesional de la trabajadora (arqueóloga) en el marco de los referidos programas. 

Por lo tanto, el carácter indefinido no fijo de la relación laboral no es consecuencia de que el trabajo que desempeñaba Doña Carmen tuviera carácter permanente (de hecho entre 2013 y 2017 doña Carmen sólo ha trabajado 23 meses de 60), ni de que dichos contratos no pudieran ser financiados mediante subvenciones, sino de un defecto formal de los contratos. 

Por otro lado, la Sentencia condena al Ayuntamiento a readmitir a la trabajadora y a abonarle los salarios de tramitación, obligaciones que este Ayuntamiento entiende que ha cumplido adecuadamente, por lo que en ningún caso puede hablarse de incumplimiento de la Sentencia. 

Solicitado informe jurídico al Sr. Secretario, éste indica que hay que tener en cuenta dos cuestiones: 

1.- Que la propia Sentencia por la que se declara indefinida a Doña Carmen Carbajo señala que el Ayuntamiento carece de competencias en materia de actividades arqueológicas. Efectivamente, la Sentencia dice literalmente "como ha quedado indicado las actividades arqueológicas no integran una competencia propia del ayuntamiento que sólo puede realizarlas por delegación de la administración autonómica y en todo caso siempre en un plano de colaboración con la misma".

2.- Que todos los contratos de trabajo de Doña Carmen Carbajo fueron financiados mediante subvenciones, de forma que el Ayuntamiento apenas ha desembolsado ninguna cantidad para el pago de los mismos. En concreto, desde 2012, todos los contratos han sido subvencionados al 100%, es decir, coste cero para el Ayuntamiento. En relación con esta última circunstancia el informe nos señala que existe una causa objetiva de extinción del contrato (artículo 52 e) del Estatuto de los Trabajadores) que, expuesta de forma comprensible, permite la extinción de un contrato de trabajo financiado con subvenciones una vez finaliza la subvención. 

En base a dichas circunstancias el informe considera:

- Que la plaza es innecesaria, ya que, como dice la Sentencia, el Ayuntamiento carece de competencias en la materia.

- Que su incorporación a la plantilla supondría un perjuicio económico para el Ayuntamiento, dado que hasta el momento las contrataciones puntuales de dicha trabajadora se venían financiando mediante subvenciones y a partir de ahora se deberá financiar la plaza con el presupuesto municipal. 

Por dichos motivos, el Sr. Secretario considera que la inclusión de la plaza en la plantilla no se ajusta a derecho y propone la aplicación de la causa objetiva de extinción de la relación laboral expuesta, de forma que el contrato de la Sra. Carbajo finalizaría el día 30 de junio, pero no por despido, sino por extinción de la subvención que la financiaba (causa objetiva de extinción del contrato). 

Llegado a este momento debemos diferenciar dos aspectos:

1.- Por un lado el aspecto jurídico de la cuestión, en el cual nos limitaremos a decir que la actuación municipal está amparada por el informe del Sr. Secretario y, por lo tanto, la consideramos jurídicamente correcta.

Las discrepancias jurídicas que Doña Carmen tenga en relación con el informe del Sr. Secretario y la actuación municipal derivada del mismo, deben resolverse en los ámbitos que le son propios, los Juzgados y Tribunales, por lo que nos abstenemos de hacer comentarios al respecto, e instamos a Doña Carmen a ejercitar todas las acciones judiciales que considere oportunas en defensa de sus derechos. 

No obstante, queremos señalar que no nos parecen de recibo determinadas descalificaciones que doña Carmen Carbajo ha empleado públicamente para referirse a nuestro Secretario Municipal, el cual, desde hace más de 10 años, viene realizando una excelente labor en nuestro ayuntamiento. En concreto nos parece particularmente grave acusar a un funcionario público de intentar prevaricar. Ese no es el camino, las discrepancias jurídicas se defienden ante los tribunales, no insultando ni poniendo en duda la profesionalidad de nadie.

2.- El segundo aspecto es el relativo a la conveniencia municipal de contar con una Arqueóloga en plantilla. 

Lo primero que queremos poner de manifiesto es que este debate ha estado enormemente condicionado por el contenido del informe del Sr. Secretario, dado que la rotundidad de los términos empleados (incorporación de la plaza no ajustada a derecho, innecesaridad de la plaza y perjuicio económico del Ayuntamiento), unido a la falta de competencias municipales, que la propia sentencia establece con total claridad, dejaban muy pocas opciones al debate político. No obstante, si queremos manifestar que este equipo de gobierno ha debatido la conveniencia de incorporar la plaza a la plantilla, y frente a indudables ventajas, como es el contar permanentemente con una profesional tan reputada como Doña Carmen Carbajo, se han puesto sobre la mesa determinados problemas.

Es indudable que las necesidades municipales en materia arqueológica han estado adecuadamente cubiertas en los últimos años a un coste cero para el Ayuntamiento y que la incorporación de doña Carmen a la plantilla supondría un coste de varias decenas de miles de euros anuales, cantidad que habría que restar a otras partidas presupuestarias, cuestión particularmente delicada en un momento como el actual, ya que las últimas liquidaciones presupuestarias han arrojado un superávit prácticamente nulo. 

Es cierto que el contar con una arqueóloga en plantilla daría un impulso a determinados proyectos que se hayan en estudio, pero se trata de proyectos que han avanzado mucho con la planificación que actualmente estamos poniendo en práctica (actuaciones puntuales financiadas mediante subvenciones) y que estamos seguros que llegarán a buen puerto. 

En definitiva, el tener una arqueóloga en plantilla beneficiaría a la política municipal de recuperación, conservación y puesta en valor de nuestro patrimonio histórico, pero incrementaría enormemente el coste de personal, pasando de coste cero a varias decenas de miles de euros anuales. ¿Creemos realmente que la posible mejora merece dicho gasto?, ¿o realmente las necesidades municipales en materia arqueológica están suficientemente cubiertas en la actualidad y un gasto como ese no se encuentra justificado? Ese debate es el que debe plantearse un equipo de gobierno responsable, entendiendo por tal aquel que pone el interés general del municipio por encima de intereses personales, por muy legítimos que estos sean. 

Para terminar queremos decir que este equipo de gobierno se compromete a seguir avanzando en la política de recuperación de nuestro patrimonio histórico y a contar con el personal que en cada momento sea necesario para implementar dicha política, como ha hecho hasta ahora. Ello significa que si en algún momento las necesidades municipales exigen la contratación de un arqueólogo o de cualquier otro profesional del patrimonio con carácter permanente, este equipo de gobierno creará la plaza y procederá a cubrirla mediante un procedimiento selectivo basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, garantizando el derecho de todos los ciudadanos a optar en igualdad de condiciones a dicho empleo público.

Carmen Carbajo se defiende sobre su despido

Tras la finalización del pleno celebrado el jueves 28 de junio, los distintos grupos políticos dieron la palabra a Carmen Carbajo, para que pudiera expresar su opinión y situación con respecto a la polémica surgida en torno a su despido, y del que una sentencia judicial ha decretado que debe ser readmitida e indemnizada. En este sentido, la historiadora y arqueóloga comenzó su intervención afirmando que "he demostrado que no necesito ser amiga de nadie para estar aquí. Quiero hacer referencia a los derechos de los trabajadores, a los sindicatos que no se han puesto en contacto conmigo ni se han preocupado por defender mi situación laboral. Estamos a un día de mi despido, que no es excisión de contrato, y nadie de los sindicatos se ha preocupado. Quiero mostrar mi disconformidad ante un informe, igual que hace el señor secretario en su informe". De esta forma, Carbajo pasó a leer un escrito que en Madinfor TV reproducimos íntegramente: 

En primer lugar, dar las gracias por concederme el turno de palabra en este pleno en el que quiero poner de manifiesto mi disconformidad ante un informe que me parece subjetivo, arbitrario y a todas luces sin fundamento, que intenta ningunear y menospreciar mi trabajo atentando contra mis derechos fundamentales y manipulando una sentencia judicial para echarme sin contemplaciones, y elijo este medio porque no quiero reuniones secretas en los despachos, ni conversaciones en los pasillos ni comentarios por detrás. Desde que empecé todo este doloroso proceso lo he hecho a cara descubierta y así lo seguiré haciendo.

Para quien no me conoce me llamo Carmen Carbajo Cubero, licenciada en Historia, con un máster en Arqueología y Patrimonio, amplia formación en protección y gestión del patrimonio histórico, y dilatada experiencia en la materia, que me ha conducido al reconocimiento por parte de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, como directora de actividades arqueológicas de diversa naturaleza.

Llevo 14 años trabajando para esta casa, 14 años en los que he realizado diferentes trabajos relacionados con mi profesión, y demostrando mi profesionalidad, a pesar de que este informe afirma que mi trabajo se limita a actuaciones puntuales y esporádicas, clara muestra del interés que oculta por hacerme invisible, porque señores y señoras, 14 años de trabajo no pueden borrarse de un plumazo, 14 años de dedicación y entrega al patrimonio histórico y arqueológico de nuestra localidad no puede tumbarlo ningún informe redactado en un despacho, por un individuo que desconoce completamente la realidad de la ciudad en la que ejerce, a mi juicio, sus mal entendidas funciones.

No voy a entrar en detalles de la sentencia judicial que me reconoce como personal laboral indefinido, porque entiendo que a estas alturas es de sobra conocida, estoy aquí para poner sobre la mesa el esperpento al que está conduciendo un informe de dudosa objetividad que nadie se atreve a cuestionar, y que en pos del bien público, decide que mi despido es la mejor solución, sin medir las consecuencias y el varapalo que estas desafortunadas decisiones suponen para el Ayuntamiento, para mi persona y para mi familia, tanto económicas como emocionales, porque a nadie le gusta leer en un informe, después de 14 años de dedicación, que su trabajo no es necesario y que se realiza de forma esporádica y puntual, sabiendo que la apuesta fuerte de este equipo de gobierno es el castillo, es la arqueología, es el patrimonio histórico, es el museo. Sabiendo que todo esto podría constituir uno de los principales motores de desarrollo económico de Aguilar de la Frontera y que sin embargo está siendo condenado y sacrificado por los intereses partidistas de un funcionario público que en lugar de velar por que se cumpla la ley, la manipula, malinterpreta y tergiversa para lograr sus objetivos personales.

Pero entremos en el informe en cuestión:

  • En primer lugar se alega estar ejecutando una sentencia y maquillando mi readmisión cuando en realidad se está aprovechando un contrato temporal al que he accedido por proceso selectivo y que se celebró mucho antes que el juicio, a pesar de que la sentencia dice expresamente “…que el interés jurídico que debe subyacer en el ejercicio de la acción no ha desaparecido de manera sobrevenida por la posterior celebración del contrato de marzo de 2018”, lo cual viene a decir que el contrato vigente no debe considerarse como la readmisión de la trabajadora. Por lo que no hay readmisión, ni hay ejecución ya que tampoco se ha modificado mi condición de indefinida a la Seguridad Social, por lo que se me va a despedir en calidad de personal temporal. Y para justificarse realiza una maliciosa interpretación de la sentencia en la que nuevamente pone de manifiesto su clara intención de despedirme.
  • Otra muestra flagrante de la mala intencionalidad que subyace en el informe se encuentra en el intento de minimizar mi relación laboral con esta casa, al argumentar que desde 2013 hasta 2017 solo estuve contratada 23 meses, casualmente los años en los que la situación generalizada de crisis paralizó todo el país y nuestra localidad no iba a ser menos, siendo mi puesto uno de los más afectados por los recortes, significa esto que me necesitaba menos el Ayuntamiento, en absoluto, significa que la precaria situación laboral a la que me han tenido sometida durante los últimos diez años, permitieron que el sistema no pudiese protegerme en esos duros tiempos que algunos vivimos con más intensidad que otros. ¿Por qué no habla de los cinco años anteriores? ¿Por qué no dice que durante los cinco primeros años estuve trabajando prácticamente a tiempo completo? ¿Por qué no dice que entre el año 2016 y el año 2017 se celebraron hasta tres contratos simultáneos de arqueólogo o similar, y todos los contratos que se han celebrado derivados de las necesidades para la ejecución del proyecto del museo (carpinteros, electricistas, arquitecto, diseñador gráfico, historiador, etc.). Pues porque tampoco interesa a sus fines personales, nuevamente manipulando la realidad, la información y el argumentario, para demostrar a toda costa que mi puesto no es necesario.
  • Por otra parte se alega la falta de competencias en materia de arqueología, cuando la Ley de Régimen Local en su artículo 25a, del capítulo III que hace referencia a las competencias, recoge expresamente que una de las competencias del Ayuntamiento es la protección y gestión del Patrimonio Histórico, que también es arqueología, de hecho, cada día hay más ayuntamientos que cuentan en su área de urbanismo o de cultura, con la oficina de arqueología o con la figura del técnico de patrimonio, arqueólogo o similar, de hecho yo no solo soy arqueóloga, como he aclarado anteriormente, soy licenciada en historia con un máster en arqueología y patrimonio, por lo que mis competencias son muchas y muy amplias, porque hablar de que las funciones de una arqueóloga se limitan a realizar actividades arqueológicas preventivas o controles de movimientos de tierra, como dice el informe, es poco menos que decir que un secretario solo sirve para firmar certificados, y estamos viendo que son muchas cosas más las que sabe hacer. Que 14 años de intensa actividad continuada, camuflada con contratos fraudulentos, con la recuperación del cerro del castillo, con un taller de empleo de arqueología, con la coordinación las jornadas de fortificaciones medievales, con la publicación de monografías sobre la investigación arqueológica en Aguilar, con numerosas intervenciones en caso de expolio en el término municipal, con actuaciones arqueológicas de urgencia en obras públicas, con redacción de proyectos, con tramitación de subvenciones, con la redacción y puesta en marcha del proyecto del museo arqueológico local, con la asesoría técnica en diversos aspectos de la gestión y la protección de patrimonio histórico local…, ¿esto es a lo que el informe se refiere cuando habla de trabajos de carácter puntual y esporádico? ¿Esto es lo que se entiende por un trabajo extraño a las competencias locales? Yo entiendo mucho más extraño, que se salte a la torera un convenio colectivo que dicta que un ayuntamiento debe velar por la consolidación de los puestos de trabajo de sus trabajadores laborales, y en el peor de los casos, en la reubicación en caso de extinción del puesto de trabajo, y sin embargo se entretienen en buscar las triquiñuelas para despedir sin contemplaciones, eso sí que es extraño, impropio y me atrevería a decir que incluso inmoral. 
  • ¿Y los proyectos que están por venir? ¿Por qué no se habla de ellos en el informe? la excavación de las laderas del cerro del castillo, la recuperación de los tapiales, el PFEA 2018 del que se acaba de hablar en este pleno, las próximas jornadas de fortificaciones medievales, y la puesta en marcha del museo arqueológico. ¿Siguen pensando que nos encontramos ante trabajos puntuales y esporádicos? ¿En serio siguen pensando que no es necesario el puesto? ¿Cómo pretenden acometer entonces todas estas actividades? ¿Reincidiendo en el mismo delito por el que ya han sido condenados una vez, o paralizándolo todo con tal de echarme a toda costa? ¿Y el PFEA 2017 que aún no ha terminado? ¿Saben que no podrá terminarse porque consideran que ya no me necesitan? Y por cierto, no intenten sacar ofertas de empleo maquilladas para evitar mi contratación, porque ya les pasó una vez y solo consiguieron tener paralizadas las obras del castillo y pagar un sueldo durante seis meses a una persona que no podía desempeñar las funciones para las que había sido contratada por no estar cualificada.
  • Y lo más irónico, acogerse al artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, cuando precisamente el ayuntamiento ha sido condenado por utilizar contratos sin dotación económica estable y de carácter finalista, estando celebrados en fraude de ley.

Señoras y señores, contratada desde 2008 en fraude de ley, despedida en fraude de ley y pretenden realizar nuevas contrataciones en fraude de ley, un caso de manual de los que deberían estudiar en las Facultades de Derecho, y todo orquestado e hilado por los que deberían ser defensores a ultranza de los derechos de los trabajadores y el cumplimiento de la ley. Esto recuerda más a épocas pasadas de regímenes autoritarios donde los sindicatos brillaban por su ausencia, que a tiempos democráticos donde priman los derechos fundamentales y el estado de derecho.

Como podrán comprobar, este informe hace aguas por todas partes y pone en evidencia un claro interés por eclipsar y menospreciar a una trabajadora de esta casa, por minimizarla y ningunearla hasta el extremo de despedirla sin ningún pudor. Este informe arrastra al Ayuntamiento a un nuevo proceso judicial que puede salirle bien, pero también puede salirle mal, y si le sale mal, podría salir muy mal, podría ser que un juez vea en todo esto presuntas represalias a la trabajadora por haber denunciado, podría ser que vean presunto desacato a la autoridad por presunto incumplimiento de una sentencia judicial, podría ser que vean presunto abuso de poder, y entonces, tendrán que responder, y quizás mi despido suponga un perjuicio económico mucho mayor que mi incorporación. Pero eso ni siquiera se lo han planteado.

Si no estaban de acuerdo con la sentencia, ¿por qué no la recurrieron? Pues se lo voy a decir yo, porque si la hubiesen recurrido no hubiesen podido despedirme, tendrían que haberme mantenido en plantilla hasta que se hubiese celebrado el nuevo juicio, lo que pone de manifiesto nuevamente que han actuado con premeditación y alevosía, que tenían muy claro que iban a despedirme de todas formas y fuese como fuese.

¿Por qué todo este esperpento? ¿Por qué esta obcecación por despedirme cuando en otros casos similares con otros compañeros se ha acatado la sentencia y se les ha readmitido con total normalidad? No se dan cuenta de que suena casi obsceno: “Acatamos la sentencia, readmitimos a la trabajadora y seguidamente procedemos a su despido”.

Volveremos a vernos en los tribunales, y si una nueva sentencia judicial vuelve a darme la razón, deberían exigirse responsabilidades a quien está provocando toda esta situación, más propia del guión de una película de serie de B, que del comportamiento ejemplar que deberían estar dando por el puesto que ocupan al que están demostrando no tener ningún respeto, y que escondidos tras la defensa del erario público, no les tiembla la mano en arriesgarlo, parafraseando el apartado 8 de las conclusiones de su informe técnico, amén de suponer un evidente perjuicio económico al Ayuntamiento y todo lo que viene detrás.

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